ADVERTENCIA:
Ésta es una relación que se irá modificando en función de los cambios legales que se produzcan, de las preguntas que un inmigrante se plantea con mayor frecuencia en relación al derecho de extranjería. Respecto a las respuestas, es necesario precisar que las mismas, al objeto de satisfacer las inquietudes de un mayor número de personas, son breves, genéricas y redactadas en términos coloquiales. Nuevamente reiteramos que si bien la pregunta puede ser sencilla, la respuesta frecuentemente es compleja, debiendo, para dar con la solución adecuada, analizarse todos los factores del caso. Por ello reiteramos el consejo de la conveniencia de acudir a un profesional.
¿ CUÁNDO PUEDO HACER LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR?
Se puede solicitar al mismo tiempo que la renovación del primer permiso de residencia y trabajo, si bien su resolución quedará pendiente hasta que la renovación haya sido aprobada.
¿ NECESITO TENER UNA VIVIENDA PARA HACER LA REAGRUPACION?
Sí, aunque no siempre es preciso que seas el titular de la misma.
TENGO TARJETA DE FAMILIAR DE COMUNITARIO, ¿A QUIÉN PUEDO REAGRUPAR?
No se puede hacer reagrupación si esa tarjeta se ha obtenido, a su vez, por reagrupación familiar, por lo que será necesario cambiar la tarjeta a una autorización de residencia y trabajo. Sí es posible la reagrupación cuando la tarjeta se tiene por haber contraído matrimonio con un ciudadano comunitario. En ese caso se puede reagrupar a los hijos hasta los 21 años, a los mayores de esa edad, siempre que se acredite la dependencia económica y a los que están bajo la representación legal del reagrupante.
YA TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿A QUIÉN PUEDO REAGRUPAR?
A los hijos hasta los 21 años, a los mayores de esa edad, siempre que se acredite la dependencia económica , a los que están bajo la representación legal del reagrupante y al cónyuge.
ME CASÉ EN MI PAIS Y POSTERIORMENTE HE OBTENIDO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿PUEDO REAGRUPAR A MI CÓNYUGE?
Sí, pero primero es preciso inscribir en España, en el Registro Civil Central, el matrimonio celebrado en el extranjero y obtener el Libro de Familia.
NO TENGO RESIDENCIA, ¿PUEDO CASARME EN ESPAÑA?
Sí. Para contraer matrimonio no es necesario tener permiso de residencia.
ME HE CASADO EN ESPAÑA CON UN CIUDADANO ESPAÑOL, ¿CUÁNDO PUEDO PEDIR LA RESIDENCIA?
De modo inmediato. Ya no es preciso un tiempo previo de matrimonio ni de convivencia en España.
TENGO RESIDENCIA POR MATRIMONIO, ¿SI ME DIVORCIO ME QUEDO EN SITUACIÓN IRREGULAR?
No, pero deberás cambiar dicha residencia por una autorización de residencia y trabajo.
VINE POR REAGRUPACION FAMILIAR, ¿PUEDO TRABAJAR?
Con la residencia obtenida por reagrupación familiar no se puede trabajar. Para ello es preciso presentar una oferta de trabajo y pedir el cambio de residencia a una con trabajo.
¿ CUÁNDO PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
Si eres latinoamericano, filipino, ecuatoguineano o portugués, a los dos años de residencia legal, continuada y efectiva en España. Si eres casado con español o nacido en España, al año de residencia. Si no eres de los países antes mencionados son necesarios 10 años de residencia en España.
¿ SE PUEDEN PRESENTAR OFERTAS DE TRABAJO PARA PERSONAS QUE ESTÁN EN SU PAIS?
La actual normativa de extranjería permite la presentación de ofertas de trabajo.
¿ CUÁNDO PUEDO PEDIR UN PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE?
Para tener derecho a la residencia permanente es necesario haber sido titular, durante cinco años, de un permiso de residencia del tipo que sea.
LA POLICIA ME DETUVO Y ME ENTREGO UN ‘PAPEL DE EXPULSIÓN’, ¿QUÉ SUCEDERÁ?
Cuando la policía detiene, en aplicación de la legislación de extranjería, por primera vez a un ciudadano extranjero, lo que hace es entregarle la notificación del acuerdo de apertura de un expediente de expulsión contra el que se deben presentar alegaciones, pero sin que dicha notificación sea una orden de expulsión. Esta se dictará, en su caso, en fecha posterior como resolución al expediente sancionador incoado.
NO TENGO RESIDENCIA, ESTOY TRABAJANDO Y MI EMPRESARIO ME PAGA MENOS DEL SALARIO LEGAL, ¿PUEDO DEMANDARLO?
Sí. La legislación española reconoce a todos los trabajadores, sin distinción de nacionalidad o situación legal, los mismos derechos frente al empresario.
HE TENIDO UN ACCIDENTE DE COCHE Y NO TENGO RESIDENCIA ¿PUEDO RECLAMAR INDEMNIZACIÓN?
Para iniciar acciones legales de cualquier tipo, tanto en la vía civil como en la penal, la legislación no exige disponer de permiso de residencia.
¿ QUÉ DEBO HACER PARA QUE ME RENUEVEN LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO?
Es necesario haber desarrollado actividad laboral, durante al menos la mitad del tiempo de validez del permiso que se pretende renovar, estando además de alta en Seguridad Social en el momento de solicitarse la renovación o percibiendo algún tipo de prestación derivada de la relación laboral.
¿ CUÁNDO PUEDO PEDIR LA RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA?
Se puede pedir desde los dos meses anteriores a la fecha de vencimiento de la residencia. También es posible hasta los tres meses posteriores a dicho vencimiento, si bien en este caso se podría imponer una sanción.
TENGO UN HIJO NACIDO EN ESPAÑA, ¿ES ESPAÑOL?
Por el hecho de nacer en España no se adquiere la nacionalidad española. Así, cuando la legislación de alguno de los padres del recién nacido transmita a este su nacionalidad, ésta será la que ostentará el menor. Si ninguno de los padres transmite al hijo la nacionalidad entonces se puede solicitar la española acreditando aquella circunstancia.
TENGO UN HIJO ESPAÑOL, ¿PUEDO PEDIR LA RESIDENCIA?
Actualmente esa circunstancia no sería suficiente, toda vez que el permiso que debería solicitarse es el de arraigo, que exige además, el haber permanecido durante tres años en España y contar con un contrato de trabajo.
¿ CUÁNDO PUEDO PEDIR LA RESIDENCIA DE MIS HIJOS QUE ESTÁN EN ESPAÑA?
Desde el momento en que el progenitor tenga autorización de residencia y trabajo.
¿ CÓMO PUEDO CONSEGUIR LA RESIDENCIA SIN TENER QUE VOLVER A MI PAIS?
Desde la aprobación del nuevo Reglamento de Extranjería la única vía para conseguir la autorización de residencia, encontrándose en España en situación irregular, es el arraigo. Para ello hay que demostrar tres años de permanencia en España, tener un contrato de trabajo y un familiar residente legal o un informe de los servicios sociales del Ayuntamiento que acredite la integración en España. Otra opción es acreditando haber permanecido en España durante dos años, de los cuales uno, por lo menos, se haya estado trabajando. Esto último debe probarse con la sentencia dictada por los Juzgados de lo Social, previa demanda al empleador, o con el acta de la Inspección de Trabajo, previa denuncia a la misma contra el empresario. También es posible pedir un permiso por circunstancias excepcionales. Todo ello al margen de las personas a las que se les pueda aplicar el régimen comunitario.
CON LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA, ¿CUÁNTO TIEMPO PUEDO PERMANECER FUERA DE ESPAÑA?
Con la residencia de un año solamente tres meses. Con las demás seis meses por año.
ESTOY RENOVANDO MI AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA, ¿ PUEDO VIAJAR FUERA DE ESPAÑA?
Sí pero es preciso obtener una autorización de regreso.
ACTUALMENTE NO TENGO TRABAJO, PUEDO TRAMITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
Sí, aunque será necesario acreditar medios de vida.
¿ ES NECESARIO QUE EL EMPLEADOR QUE HA REALIZADO UNA OFERTA DE TRABAJO CONTRATE AL CIUDADANO EXTRANJERO?
Sí. Igualmente será necesario que le curse el alta en la Seguridad Social.
¿ ES POSIBLE CASARSE EN ESPAÑA AUNQUE UNO DE LOS DOS NO SE ENCUENTRE AQUÍ?
Sí, mediante un poder notarial de representación.
TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿ PARA REALIZAR LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR NECESITO CONTRATO DE TRABAJO Y VIVIENDA?
No.
CUANDO OBTENGA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿LA TENDRÁN TAMBIÉN A MIS HIJOS Y MI CÓNYUGE?
No, aunque les beneficiará en diversas cuestiones.
YA HE OBTENIDO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿HASTA QUÉ EDAD MIS HIJOS PUEDEN OPTAR POR LA MISMA?
Hasta dos años después de la emancipación, siempre que en el momento de la jura ellos fueran menores de 18 años.
TENGO 21 AÑOS Y SE ME CADUCA LA TARJETA DE FAMILIAR DE COMUNITARIO ¿CÓMO LA RENUEVO?
Si estás trabajando debes presentar el contrato de trabajo y solicitar el cambio al régimen general. En caso contrario puedes renovar la tarjeta comunitaria, pero la nueva no te autorizará a trabajar.
HE TENIDO TARJETA DE ESTUDIANTE Y AHORA HE CONSEGUIDO LA PRIMERA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA: ¿PUEDO SOLICITAR YA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?.
No. Los años de estancia como estudiante no computan a efectos de determinar el plazo de residencia legal.
HACE UNOS MESES ME DENEGARON LA ENTRADA EN ESPAÑA COMO TURISTA, ¿PUEDO VOLVER A INTENTARLO?
Sí. La devolución en frontera no implica prohibición de entrada en España.
HE ESTADO DOS AÑOS COTIZANDO COMO EMPLEADA DEL HOGAR Y AHORA ME HAN DESPEDIDO, ¿TENGO DERECHO A COBRAR EL DESEMPLEO?
No si sólo ha cotizado como empleada del hogar.
TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿CUÁNTO TIEMPO PUEDO PERMANECER EN ESTADOS UNIDOS?
Tres meses. Para permanecer más tiempo o trabajar en Estados Unidos los españoles deben solicitar el correspondiente visado ante el Consulado americano.
MI ABUELO ERA ESPAÑOL, ¿CUÁNDO PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
Al año de haber obtenido el permiso de residencia.
Además, si te encuentras en alguno de los supuestos de la Ley de Memoria Histórica podrás tramitar la nacionalidad española, sin necesidad de ser residente legal, y ello tanto en España como en el Consulado español en tu país.
PARA TRAMITAR UNA OFERTA DE TRABAJO, ¿ES NECESARIO OBTENER PREVIAMENTE EL CERTIFICADO DE LA OTG (INEM)?.
Por otra parte, hay una serie de supuestos en los que la oferta podrá ser para cualquier actividad pues no se tiene en cuenta la situación nacional de empleo. Entre otros, el ser cónyuge de residente legal en España, el ser hijo de residente legal o comunitario, el ser descendiente de padre, madre o abuelo español, el tener un hijo español a cargo, el ser peruano o chileno, etc.
SI MI HIJO NO HA NACIDO EN ESPAÑA, ¿PUEDO RECLAMAR PENSION DE ALIMENTOS A SU PADRE?
Si el menor de edad vive en España sí puede.
TRAMITÉ EL DIVORCIO EN MI PAIS, ¿LO PUEDO LEGALIZAR EN ESPAÑA?
Sí, mediante un procedimiento judicial.
ME CASÉ EN MI PAIS Y POSTERIORMENTE HE OBTENIDO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿PUEDO DIVORCIARME EN ESPAÑA?
Sí.
CUANDO ME DIVORCIÉ EN MI PAÍS DE ORIGEN TENIA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, ¿ QUE DEBO HACER PARA QUE CONSTE INSCRITO MI DIVORCIO EN ESPAÑA?
Solicitar el reconocimiento judicial de la sentencia dictada en el país de origen.
¿ PUEDO DENUNCIAR UN ROBO, MALOS TRATOS, ETC. AUNQUE NO TENGA PERMISO DE RESIDENCIA?
Sí.
¿ CUÁNDO PUEDO SER AUTÓNOMO?
Para que un trabajador extranjero pueda trabajar legalmente en España en el Régimen Especial de Autónomos, necesita una autorización para trabajar por cuenta propia, o una autorización permanente o un permiso de residencia comunitario.
¿ QUÉ NECESITO PARA CONSEGUIR UNA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA?
P ara obtener una autorización de trabajo por cuenta propia es necesario justificar tres requisitos: Inversión de dinero suficiente, creación de puestos de trabajo y cumplir los mismos requisitos que se exigen a un nacional español para el ejercicio de esa actividad. No si el puesto de trabajo ofertado está en el listado trimestral de ocupaciones de difícil cobertura publicado por la OTG (INEM). En caso contrario se deberá tramitar la oferta ante la OTG correspondiente y esperar que emitan un certificado conforme no hay candidatos para ese puesto de trabajo.
¿ CON UNA AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR POR CUENTA AJENA PUEDO TENER MI PROPIO NEGOCIO?
La legislación española permite otros instrumentos para poder explotar su propio negocio sin necesidad de estar incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
¿ ES VERDAD QUE LOS EXTRANJEROS ESTÁN EXENTOS DE PAGAR IMPUESTOS DURANTE CINCO AÑOS?
Esta afirmación no es cierta. Ello no obstante los extranjeros tienen los mismos derechos que los españoles para solicitar, ante la Administración y entidades privadas, subvenciones, bonificaciones, créditos blandos, etc.
¿ LOS EXTRANJEROS TIENEN OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE RENTA?
Los ciudadanos extranjeros que trabajan en España tienen obligación de presentar la Declaración de Renta, en las mismas condiciones que los españoles, es decir, cuando superen el nivel de ingresos fijado por el Gobierno en concepto de salario, habiendo trabajado en una única empresa. Hay que tener en cuenta que ese nivel baja cuando los ingresos proceden de varias entidades pagadoras. También están obligados a presentar la Declaración de Renta los trabajadores por cuenta propia. No obstante, a aquellos trabajadores que no estén obligados a presentar la Declaración de Renta, por no llegar a esos mínimos, les puede interesar presentarla para solicitar la devolución de las cantidades retenidas en sus nóminas.